Sin novedad en las deducciones canarias para la próxima campaña de la renta

Nos aproximamos al inicio de la campaña de la Declaración de la Renta 2023 (comienza el miércoles 3 de abril) y hay que recordar que la Ley de Presupuestos Generales de Comunidad Autónoma de Canarias, aprobada el pasado diciembre, mantiene la vigencia de las deducciones autonómicas instauradas en el ejercicio anterior.

El Gobierno regional mantiene las vinculadas con situaciones personales y familiares (nacimiento, discapacidad y edad, familia numerosa, desempleo, acogimiento de menores, familias monoparentales y familiares con discapacidad); las que conllevan aplicación de la renta en gastos básicos (por estudios superiores y no superiores, por guardería, por alquiler y por enfermedad), y las que implican aplicación de renta en inversiones prioritarias en vivienda habitual (por su adquisición, por obras por razón de discapacidad y por obras de rehabilitación energética).

Adicionalmente, se ha prorrogado la vigencia de la deducción extraordinaria por alza de precios, que únicamente estaba en vigor para el ejercicio anterior y que ha sido actualizada, y que establece que podrán acceder a ella todos los contribuyentes con rentas inferiores a 30.000 euros en tributación individual, o 40.000 euros en tributación conjunta.

Esta deducción contiene tres cuantías fijas de 225, 175 y 125 euros, en función de que la renta del contribuyente sea, respectivamente, inferior a 20.000 euros; igual o superior a 20.000 euros e inferior a 25.000 euros; y, por último, igual o superior a 25.000 euros e inferior a 30.000 euros. Estos límites en las bases liquidables se amplían en 10.000 € en el caso de que se opte por la tributación conjunta.

Por último, se mantiene en vigor para el ejercicio 2023, la escala de gravamen deflactada para las bases liquidables de los residentes en Canarias. De esta forma, se reduce la cuota tributaria en los primeros cinco tramos de la escala, siendo del 4,5% para los tramos más bajos de renta, y hasta del 3,5% para las bases liquidables de hasta 53.407,21 euros. Esta disminución de la cuota tributaria beneficia a más del 95% de los contribuyentes canarios.

Específicas por la erupción de La Palma

Además, se mantiene la deducción en el 60% de la parte de la suma de cuotas íntegras estatal y autonómica de las rentas obtenidas en La Palma para los contribuyentes con residencia habitual y efectiva en esta isla.

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