A prisión provisional el padre investigado en Lanzarote por la muerte de su bebé
El Tribunal de Instancia de Arrecife acuerda prisión comunicada y sin fianza para el hombre tras la comparecencia prevista en el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, mientras continúa la investigación sobre el homicidio doloso del menor de 23 días de vida
La plaza número 3 del Tribunal de Instancia de Arrecife celebró este viernes, 8 de mayo de 2026, la comparecencia del investigado, identificado, según lo previsto en el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a solicitud del Ministerio Fiscal. La medida adoptada ha sido el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza, como presunto autor de un delito de homicidio doloso.
Los hechos objeto de la investigación ocurrieron la mañana del 12 de abril de 2026. El investigado conducía un vehículo con su hijo recién nacido de 20 días en una maxi-cosi en el asiento del copiloto. Según la reconstrucción judicial, el menor comenzó a llorar, lo que provocó que el padre agitará repetidamente la maxi-cosi, reconociendo que durante estas acciones podría haber golpeado la cabeza del bebé.
Tras estos movimientos, el bebé dejó de respirar y el padre no buscó asistencia inmediata, regresando al domicilio donde se encontraba la madre.
Posteriormente, se realizaron intentos de reanimación y traslado a centros sanitarios, incluyendo intervención en el Centro de Salud de Tinajo y posterior traslado en helicóptero al Hospital Universitario Materno Infantil de Gran Canaria.
El menor falleció el 15 de abril de 2026 a los 23 días de edad por traumatismo cráneo-encefálico con anoxia cerebral, según la autopsia preliminar. El auto judicial detalla que concurren los requisitos para decretar prisión provisional:
Los hechos imputados constituyen un delito castigado con pena de 10 a 15 años de prisión (artículo 138 del Código Penal).
Existen indicios suficientes que apuntan a la responsabilidad criminal del investigado. La medida persigue asegurar la presencia del imputado en el proceso, evitar la desaparición de pruebas y prevenir la posible reiteración delictiva, dado el carácter violento y la historia de impulsos agresivos del investigado.
El auto también señala antecedentes policiales del imputado, incluyendo una condena previa por conducción sin carnet, así como denuncias por violencia de menor intensidad sobre la madre del menor, que refuerzan la decisión de prisión.
Procedimiento
La resolución se dicta conforme a los artículos 502 y 503 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y se notifica al investigado junto con sus derechos. El auto establece la posibilidad de interponer recurso de reforma en tres días o recurso de apelación en cinco días ante el mismo juzgado.
El proceso sigue bajo la jurisdicción ordinaria y, según el tribunal, en esta fase no se puede hablar de violencia vicaria, por lo que no se ha producido inhibición a la jurisdicción de Violencia sobre la Mujer.
El caso continúa en investigación, con diligencias abiertas desde el 17 de abril de 2026, mientras las autoridades mantienen la custodia del imputado en prisión provisional.







