El TSJC deniega la revisión de condena para un agresor sexual en Arrecife

La Sala de lo Civil y Penal (sección 1) del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha denegado la solicitud de revisión de condena por agresión sexual promovida por la representación legal de un hombre condenado en 2019 en Arrecife (Lanzarote).

La Sala emite auto y desestima el recurso interpuesto por la representación procesal del condenado contra un auto de la Audiencia de Las Palmas dictado en ejecutoria penal nº 48/2019. “La pena impuesta entonces no fue la mínima, esta hubiera sido de cinco años, y al condenado en cambio se le impuso la de seis”. Y es ello que la condena se encontraría en el marco legal que establece la nueva Ley del sólo sí es sí. Como consecuencia no procede la revisión que demanda el condenado.

La revisión solicitada en este caso buscaba que la condena estuviera fijada dentro de la pena de entre 2 y 8 años de cárcel, mientras que en la antigua ley el marco penatorio era entre 5 y 10 años de privación de libertad. El TSJC recuerda que “uno de los principios básicos del derecho penal es el de la retroactividad de la ley penal más favorable al reo”, pero como se ha referido, la Sala deniega la revisión porque la pena impuesta no fue la menor, como el argumento de mayor peso en el auto.

Un usuario de ADISLAN

El reo fue condenado en diciembre de 2019 por esta causa. Se trataba de un usuario de la vivienda de la entidad ADISLAN (para personas con discapacidad) en Arrecife. Según señala su sentencia condenatoria, el día 1 de diciembre de 2017 se encontraba viendo la televisión en compañía de la cuidadora del turno de noche y que trabajaba como personal de apoyo directo de dicha entidad, cuando sobre las 02:00 horas el procesado le pidió a la mujer que le diera una medicación.

Cuando la mujer se dirigió al armario donde guardan la medicación, el procesado, “con ánimo de satisfacer sus deseos sexuales se acercó por detrás a ella, tapándole la boca con un papel impregnado con una sustancia que desprendía un fuerte olor , tirándola al suelo y diciéndole en todo momento «cállate, cállate, no grites”, apunta la sentencia de entonces.

“Le acercó un cuchillo a su estómago y al cuello, haciendo presión con el mismo, a la vez que con ánimo de satisfacer sus deseos sexuales le bajo los pantalones y las bragas, colocándose encima de ella, bajándose su propio pantalón y restregando sus genitales contra los de ella y tocándole con la mano la vagina”, detalla el relato judicial.

La víctima sufrió también lesiones físicas por esta agresión sexual ocurrida en la capital de Lanzarote y, como se ha referido, el culpable fue condenado a seis años de prisión, que es la pena que finalmente cumplirá.

1 respuesta

  1. Rosa dice:

    Seis años para un menor que va quedar traumatizado para toda la vida,sale de la cárcel y lo vuelve hacer

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies