Tras ocho años congelada, el SCS sube la compensación por alojamiento
Los pacientes del Servicio Canario de la Salud (SCS) que deban desplazarse fuera de su área de salud para recibir asistencia sanitaria y necesiten pernoctar, así como sus acompañantes cuando proceda, percibirán una compensación económica superior por los gastos de alojamiento y manutención.
La actualización de estas cuantías ha sido aprobada por la Consejería de Sanidad mediante una orden publicada este martes en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026.
La principal novedad afecta a la ayuda destinada al alojamiento, que pasa de 65,97 euros a 106,94 euros por persona y día, lo que supone un incremento de 40,97 euros, equivalente a cerca de un 62% respecto a la cuantía vigente desde 2018.
Por su parte, la compensación por manutención aumenta de 37,40 euros a 39 euros diarios, una subida de 1,60 euros, alrededor del 4,3%. El límite máximo para estancias ininterrumpidas de larga duración, aplicable a partir del tercer mes, se mantiene en 1.900 euros mensuales.
Primera actualización en ocho años
La orden justifica esta revisión en el tiempo transcurrido desde la última actualización, aprobada en 2018, y en el incremento del coste de la vida, que, según recoge el texto, ha dejado desfasadas las cuantías anteriores y no reflejan hace años los gastos reales que afrontan los pacientes desplazados por motivos asistenciales.
La normativa también establece que quienes dispongan de un alojamiento subvencionado por el Gobierno de Canarias o por otra administración pública no podrán percibir la compensación por alojamiento.
Del mismo modo, si el hospedaje incluye pensión completa no se abonará la ayuda por manutención. En los casos de media pensión, la compensación será de 15,60 euros diarios, mientras que si únicamente se incluye el desayuno ascenderá a 31,20 euros.
Estas ayudas están destinadas a pacientes del Servicio Canario de la Salud y, cuando corresponda, a sus acompañantes, cuando deban desplazarse fuera del área de salud en la que se encuentra su municipio de residencia para recibir atención sanitaria y sea necesario pernoctar. La orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOC, aunque las nuevas cuantías serán aplicables a los gastos generados desde el pasado 1 de enero de 2026.







