Arranca la renovación directiva de las Cámaras de Comercio de Canarias
El Boletín Oficial de Canarias (BOC) ha publicado este miércoles la orden que regula el proceso electoral para la renovación de los órganos de gobierno de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación del Archipiélago, entre ellas la Cámara de Comercio de Lanzarote y La Graciosa.
La resolución, firmada por la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos del Gobierno de Canarias, establece las bases organizativas del proceso, incluyendo la ubicación de las juntas electorales, el sistema de voto por correo y la distribución de vocalías por sectores económicos.
En el caso de Lanzarote y La Graciosa, la sede de la Junta Electoral quedará ubicada en la carretera Arrecife-San Bartolomé número 48, en Arrecife. El presidente actual de la entidad es José Valle.

El documento fija para la Cámara de Comercio de Lanzarote y La Graciosa un total de 16 vocalías distribuidas en dos grandes grupos empresariales. El primero, vinculado al comercio, turismo, transporte y otras actividades empresariales, contará con 14 representantes. El segundo, relacionado con construcción, industria y energía, dispondrá de dos vocalías.
Dentro del primer grupo, la categoría de Comercio tendrá cinco vocalías; Transportes contará con una; Alojamiento otra; Servicios Turísticos dispondrá de dos representantes y Otras Actividades Empresariales tendrá cinco vocalías.
La orden también regula la composición de las mesas electorales, que estarán formadas por una presidencia y dos vocalías designadas mediante sorteo entre electores que no concurran como candidatos.
Voto por correo y voto delegado
Uno de los apartados más detallados del texto se refiere al sistema de voto por correo. La normativa establece que los electores deberán solicitar la documentación correspondiente dentro de los siete días siguientes a la publicación oficial de la orden.
La documentación podrá presentarse presencialmente, mediante correo certificado urgente o por vía electrónica con firma digital. El procedimiento incluye papeletas, sobres específicos, certificados censales y hojas de instrucciones.
La orden también aprueba un modelo normalizado de voto delegado, permitiendo que un elector pueda autorizar a otro representante inscrito en el mismo censo para ejercer el sufragio en su nombre. La normativa limita además el número máximo de delegaciones que puede asumir un mismo representante.
El texto fija además en 3.000 euros anuales el importe mínimo de las aportaciones voluntarias exigidas para determinados vocales previstos en la Ley de Cámaras de Comercio de Canarias.
Como medida de transparencia, las cámaras deberán publicar en sus páginas web las empresas que hayan realizado aportaciones económicas y el importe de las mismas, actualizando esa información diariamente durante el proceso electoral.
La orden entró en vigor este mismo miércoles tras su publicación oficial en el BOC.





