El Cabildo aclara que no le compete dar licencias urbanísticas o fijar deslindes
La Institución inicia el expediente para la concesión a la entidad Papagayo Arena S.L. de la autorización de clasificación turística provisional; y que la misma está sujeta a la obtención de la correspondiente licencia urbanística municipal y la autorización de Costas.
En el informe aprobado por el Consejo de Gobierno se advierte a la propiedad del Papagayo Arena que la autorización turística provisional está sujeta a la obtención de la correspondiente licencia urbanística municipal, así como a la autorización preceptiva de Costas
El Consejo de Gobierno del Cabildo de Lanzarote, celebrado este lunes, ha aprobado iniciar el expediente para la concesión a la entidad Papagayo Arena S.L. de autorización del proyecto y clasificación provisional en la modalidad de establecimiento alojativo hotelero en la tipología Hotel con categoría de cinco estrellas, y su inscripción en el Registro General Turístico del hotel Sandos Papagayo, antes denominado Papagayo Arena.
De este modo, el actual grupo de gobierno insular subraya que cumple así con la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), recibida al comienzo de esta legislatura, y donde se instaba al anterior grupo de Gobierno, presidido por el PSOE, a resolver la concesión de esta autorización turística.
Según se desprende de la sentencia, defienden desde el Cabildo, “el TSJC reprobó la dilatación injustificada que llevó a cabo el anterior grupo de gobierno en la resolución de este expediente, advirtiéndole de que podría incurrir en un delito de prevaricación por omisión. En este sentido, el nuevo grupo de gobierno ha actuado con responsabilidad, ateniéndose a lo que dicta la sentencia, y ha procedido a iniciar el expediente de autorización turística provisional basándose en los informes técnicos y jurídicos favorables emitidos por el Departamento de Actividades Clasificadas y Ordenación Turística de la primera Corporación insular, tal como establece la legalidad”.
Condicionantes para la autorización definitiva
Asimismo, en el informe aprobado este lunes por el Consejo de Gobierno se advierte a la propiedad de dicho hotel que la autorización turística provisional está sujeta a la obtención de la correspondiente licencia urbanística municipal, así como a la autorización preceptiva de Costas.
Desde la primera Corporación insular se recalca que “la competencia del Cabildo se limita únicamente a la concesión o denegación de autorizaciones turísticas y de actividades clasificadas, conforme a lo que establece la normativa turística. El Cabildo no tiene, en ningún caso, competencias urbanísticas ni de Costas. En este caso, el ámbito competencial para dirimir si este hotel es legalizable o no, corresponde al Ayuntamiento de Yaiza, ya que el otorgamiento de las licencias urbanísticas es competencia municipal”.
El PSOE ve fraude de ley
Por su parte, desde la oposición, la portavoz Socialista en el Cabildo de Lanzarote, Ariagona González, ha manifestado la preocupación de su grupo ante esta concesión de la licencia turística, y considera que dicho otorgamiento “podría suponer un fraude de ley”.
González ha rechazado las manifestaciones de Oswaldo Betancort “tratando de justificar la concesión de la citada licencia, amparándose en una sentencia judicial que en ningún momento instaba al Cabildo a resolver el expediente del Papagayo Arena y, mucho menos, en sentido favorable a la propiedad”.
“La sentencia reprochaba al Cabildo el retraso en la resolución del expediente, sin considerar, porque no era el objeto del procedimiento, que el bloqueo del citado trámite se debía a que el Ayuntamiento de Yaiza no había aportado la documentación requerida en varias ocasiones por el área de ordenación turística”, ha explicado la consejera.
“Oswaldo Betancort miente”, ha señalado González, “ese reproche, completamente injusto, pues el Cabildo no era el responsable del bloqueo, quedaba en un mero comentario en la argumentación de la sentencia y en su parte resolutiva el Tribunal no imponía al Cabildo ningún tipo de obligación de resolver el expediente, ni predeterminaba que hubiera que conceder la licencia”.
A juicio de la consejera, “lo verdaderamente grave es que se haya concedido la autorización turística a sabiendas de los incumplimientos de los graves incumplimientos en que incurre la edificación, amparándose en que esas irregularidades deben ser apreciadas por otras administraciones, cuando es el propio Cabildo el que las ha denunciado en los Tribunales, obteniendo la anulación de todas las licencias concedidas con anterioridad”.