Propuesta que defiende un camino para dar entidad propia a La Graciosa

Ángel Custodio Navarro Sánchez, secretario general del Consell Insular de Formentera, plantea una modificación de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, para dotar de personalidad jurídica propia a La Graciosa y a la isla de Tabarca, oficialmente Illa Plana o Nova Tabarca, en la Comunidad Valenciana.

La propuesta es nueva pero la idea es vieja. Parte de la situación singular de ambos territorios insulares, que están habitados pero permanecen integrados administrativamente en otros municipios. La Graciosa forma parte del municipio de Teguise y Tabarca pertenece al municipio de Alicante.

Navarro sostiene que la legislación estatal debería contemplar expresamente ambos casos y permitir que se constituyan como entidades locales menores -o mediante otra denominación equivalente que determinen las respectivas legislaciones autonómicas- con personalidad jurídica propia.

Su planteamiento toma como punto de partida la reforma de la Ley de Bases realizada tras la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local. Según explica, el actual artículo 24 bis establece que los entes de ámbito territorial inferior al municipio carecen de personalidad jurídica y funcionan como formas de organización desconcentrada del municipio.

El jurista considera que esta regulación debería incorporar una excepción específica para La Graciosa y Tabarca debido a sus características insulares.

Una propuesta específica para las dos islas

El texto plantea añadir un nuevo apartado al artículo 24 bis de la Ley de Bases y crear una disposición adicional específica. El régimen propuesto permitiría que ambas islas dispusieran de una entidad local propia, con personalidad jurídica, destinada a gestionar sus intereses a nivel insular.

Además, las administraciones superiores podrían atribuir a estos nuevos órganos otras competencias, siempre acompañadas de la financiación correspondiente, para que fueran gestionadas directamente desde cada isla.

En el caso de La Graciosa, Navarro destaca que existe una particularidad respecto a Tabarca: el Estatuto de Autonomía de Canarias reconoce expresamente a La Graciosa como isla y establece que está agregada administrativamente a Lanzarote. La normativa canaria también contempla actualmente la posibilidad de crear una entidad de gestión desconcentrada para la isla.

El autor considera que esta situación permitiría al Parlamento de Canarias avanzar incluso mediante una legislación específica para La Graciosa.

La propuesta recuerda además que el Senado aprobó en 2018 una moción en la que apoyaba la consideración de La Graciosa como octava isla canaria habitada y reclamaba modificar la Ley de Bases del Régimen Local para introducir como supuesto singular de entidad local menor con personalidad jurídica a la isla.

Navarro vincula su planteamiento con la singularidad geográfica de ambas islas y con el principio de autonomía local recogido en la Carta Europea de la Autonomía Local. Su propuesta contempla que las nuevas entidades dispongan, al menos, de órganos representativos y ejecutivos propios, además de estructura administrativa.

En sus conclusiones, reclama que la reforma estatal permita establecer este régimen especial y que, en el caso de La Graciosa, el Parlamento de Canarias desarrolle también mediante una ley específica el régimen jurídico de la isla.

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