Qué utilidad tendrá el Observatorio de los conjuntos históricos canarios
El Gobierno de Canarias ha creado el Observatorio de los Conjuntos Históricos de Canarias, un órgano colegiado de ámbito autonómico destinado a analizar la situación de estos espacios y elaborar estudios y recomendaciones sobre su protección, conservación y rehabilitación.
La creación del organismo aparece recogida en una orden de la Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura publicada este jueves en el Boletín Oficial de Canarias (BOC). El Observatorio tendrá carácter técnico, consultivo y participativo, pero no tendrá capacidad para adoptar decisiones administrativas. Sus informes, estudios y recomendaciones tampoco serán preceptivos ni vinculantes.

El nuevo organismo pretende funcionar como un espacio permanente para intercambiar información y conocimiento especializado entre las distintas administraciones y otros sectores relacionados con el patrimonio. Entre sus funciones figuran el análisis de los principales problemas y oportunidades de los conjuntos históricos, así como la elaboración de diagnósticos, indicadores, estudios e informes técnicos.
La norma señala que entre las materias que podrá abordar se encuentran la planificación urbanística, la rehabilitación de edificios, la vivienda, la actividad económica, el turismo, la movilidad, la accesibilidad y la sostenibilidad ambiental, además de la adaptación al cambio climático y la calidad del espacio público.
El Pleno será el órgano superior de participación y propuesta. Estará integrado, entre otros miembros, por representantes del área autonómica de patrimonio cultural, ordenación del territorio, vivienda y promoción turística. También tendrá una vocalía cada uno de los cabildos que cuenten con uno o más conjuntos históricos declarados Bien de Interés Cultural.
El Observatorio quedará adscrito al área del Gobierno de Canarias competente en patrimonio cultural, que deberá proporcionar el apoyo administrativo y técnico necesario para su funcionamiento.
La orden establece además que el organismo deberá quedar constituido en un plazo máximo de tres meses desde su entrada en vigor. .







