El TSJC da la razón a un trabajador de los Centros en los pluses de la nómina

La dirección de la empresa ha informado hoy de la sentencia, y anuncia que recurrirá y 
 que «confía en la rápida resolución de los 300 procedimientos restantes para saber a qué atenerse».

Una sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dado la razón a un trabajador de los Centros Turísticos de Lanzarote, en una parte de las reivindicaciones que le llevaron a iniciar el conflicto laboral de verano de 2017; no habiendo resuelto aún sobre los otros dos puntos que tuvieron un impacto directo en el conflicto que finalizó con la huelga de los trabajadores el pasado verano de 2017.

El fallo del TSJC resuelve la obligación de la empresa a abonar a los trabajadores los pluses de transporte, disponibilidad y lavado de ropa de los años 2015 y 2016 durante el mes de vacaciones, conforme a las tesis defendidas por un miembro del Comité de Empresa de CC.OO, aspectos que, como se recordará, ofreció la empresa durante las negociaciones previas a la huelga.

Con esta sentencia, el TSJC corrige al juzgado de lo Social nº3 de Arrecife, que había respaldado las tesis de la Entidad (como hizo también el Juzgado de lo social nº 1) y resuelve que los trabajadores sí tienen derecho a percibir los 766,48 euros, en este caso, que se corresponden a la compensación por el lavado de ropa, la disponibilidad y el transporte hasta el puesto de trabajo, pactado en el convenio colectivo correspondientes al mes en el que disfrutaron sus vacaciones en los años 2015 y 2016.

Insisten desde la empresa hoy que, en cualquier caso, «este fue uno de los puntos aceptados por la dirección de los Centros antes de iniciarse el conflicto laboral».

La Entidad ya ha anunciado su intención de recurrir esta sentencia, al tiempo que confía en la rápida resolución de los 300 procedimientos restantes «para saber a qué atenerse», afirman desde la dirección.

El PSOE acusa a CC de no negociar

Por otra parte, la secretaria insular del PSOE de Lanzarote, María Dolores Corujo, ha declarado tras la sentencia, y apuntando a la huelga que provocó la disparidad de criterio entre trabajadores y dirección, que “la decisión de no negociar con la plantilla, y provocar así la huelga, la tomaron en comandita Pedro San Ginés y Echedey Eugenio”.

No se trata tan solo de los 1,8 millones de euros que dejaron de ingresar los Centros. Se trata del daño realizado a multitud de empresas que prestan servicios complementarios y sufrieron también las consecuencias de la huelga. El TSJC ha dejado claro que la razón estaba del lado de la plantilla de los Centros. La soberbia de San Ginés y su aprendiz de brujo nos llevó a una situación que se pudo y se debió evita”, ha señalado Corujo en su crítica política.


La líder socialista ha lamentado que no se atendiera la propuesta del Partido Socialista: “Propusimos, para evitar este desastre, que se le pagara a los trabajadores de manera condicionada. Así, si ganaban ya lo teníamos adelantado y si perdían se les descontaba en las siguientes nóminas”.


Corujo ha pedido a San Ginés y Eugenio “que tengan la gallardía de asumir su responsabilidad y pedir disculpas (…). Cuando salió la sentencia de primera instancia, que les daba la razón, les faltó tiempo para montar su numerito tradicional, señalando al PSOE y exigiendo que yo, como secretaria general, reconociera mi error, cuando me limité a mediar y buscar la manera de evitar la huelga. Ahora, por coherencia, debieran pedir disculpas por el caos armado en los Centros, el daño a la imagen de Lanzarote y las pérdidas económicas”, ha señalado Corujo.

2 Respuestas

  1. 17 diciembre, 2018

    […] pasado 16 de noviembre de 2018, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, fallaba a favor de uno de los trabajadores de los Centros de Arte, Cultura y Turismo, resolviendo la obligación del Ente Público dependiente […]

  2. 19 diciembre, 2018

    […] dirección de los Centros Turísticos de Lanzarote recurrió esta semana la última sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que daba la razón a un trabajador, […]

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