El TSJC anula la revisión del Plan Insular de Gran Canaria

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha declarado nula la revisión del Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria aprobada por el Cabildo a finales de 2022.

La sentencia estima íntegramente el primer recurso presentado contra ese instrumento urbanístico y concluye que el documento es “nulo de pleno derecho”, al haberse tramitado para adaptarse a una normativa que ya no estaba vigente en el momento de su aprobación definitiva.

En concreto, el fallo hace referencia a la adaptación del plan a la Ley 19/2003, de Directrices de Ordenación General y del Turismo de Canarias, que había quedado derogada tras la entrada en vigor de la Ley del Suelo de Canarias de 2017.

La Sección Segunda de la Sala, con sede en Las Palmas de Gran Canaria, entiende que no resulta compatible aprobar una revisión urbanística diseñada para ajustarse a una ley derogada.

Según recoge la resolución, carece de sentido mantener en el planeamiento referencias normativas a unas directrices que ya habían sido expulsadas del ordenamiento jurídico. El tribunal también rechaza la interpretación defendida por la Administración sobre el régimen transitorio aplicable al expediente.

A juicio de la Sala, tampoco se respetó ese marco transitorio previsto en la Ley del Suelo de Canarias.

Aprobado en 2022

El procedimiento judicial afecta a la revisión del Plan Insular aprobada definitivamente por el Pleno del Cabildo de Gran Canaria el 29 de diciembre de 2022 y publicada posteriormente en enero de 2023.

La sentencia señala que la continuidad de la tramitación con arreglo a la normativa anterior no podía justificar la aprobación de un instrumento cuya base legal había desaparecido durante el proceso.

En ese sentido, considera que el documento quedó vacío de contenido al perder vigencia la legislación a la que pretendía adaptarse. La resolución judicial impone además las costas procesales a las partes vencidas.

Contra la sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo o, en su caso, ante la propia Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC.

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