Un reglamento municipal discrimina a las personas con discapacidad, según LEP

Desde el grupo municipal Lanzarote En Pie – Sí Podemos en el Ayuntamiento de Arrecife anuncian esta semana que en el próximo pleno de la corporación presentarán una moción exigiendo al grupo de gobierno la revisión de la ordenanza que regula el funcionamiento del Centro de Protección Animal de Arrecife (CPA).

Este grupo de la oposición estima “incomprensible” el hecho de que las normas para el funcionamiento del voluntariado recojan en su punto primero, apartado d, que “toda persona aspirante a voluntario/a del Centro de Protección Animal deberá aportar con la solicitud un certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad, ni discapacidad física, psíquica o sensorial que impida el desempeño de las funciones propias de una persona voluntaria que trabaje con animales abandonados en un centro de recogida de animales municipal”.

Lanzarote En Pie considera que la norma transgrede el objetivo de establecer medidas para garantizar y hacer efectivo el derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, “conforme a los artículos 9.2, 10, 14 y 49 de la Constitución”, reiteran.

La portavoz Leticia Padilla afirma al respecto que “la obligación del grupo de gobierno es la de asegurar el derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, con el fin de obtener su plena inclusión social, asegurando el disfrute de sus derechos y eliminando cualquier forma de discriminación fundada en la discapacidad”, ha dicho.

Más integración

Por otra parte, tal como apuntan desde la Asociación Movimiento Argana Viva, organización que ya ha elevado esta denuncia a la Oficina del Diputado del Común de Canarias, “el trato con animales puede llegar a ser una terapia para este colectivo de personas y considera que es una vulneración de su derecho a la integración social”.

Asimismo, defiende LEP que la aprobación de las normas para el funcionamiento del voluntariado en el CPA que se han redactado “sin la participación de las asociaciones de defensa de los derechos de los animales”; y que cuenta, además, “con el agravante”, dicen, “de que mientras la ley otorga a los ayuntamientos competencias en la regulación de las condiciones de accesibilidad aplicables en su término municipal, a través de las ordenanzas municipales con las que pueden concretar o ampliar la normativa emanada del Estado o de las Comunidades Autónomas, el de Arrecife las ha utilizado para limitar el derecho de las personas con discapacidad cuando su labor debería ser la de velar por los intereses de todos sus ciudadanos adoptando medidas de acción positiva orientadas a evitar o compensar las desventajas de una persona con discapacidad para participar plenamente en la vida política, económica, cultural y social del municipio”.

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