Los tribunales avalan la tramitación de tarifas iniciada por el Consorcio del Agua

El Consorcio del Agua de Lanzarote ha visto respaldada su actuación en la revisión de tarifas correspondiente a los ejercicios 2020-2024. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Las Palmas de Gran Canaria ha inadmitido el recurso presentado por Canal Gestión Lanzarote contra el acuerdo del Consorcio de elevar dicha revisión a la Comisión de Precios de Canarias.

La magistrada considera que el acuerdo recurrido constituye un acto de trámite, sin contenido decisorio propio y, por tanto, no susceptible de impugnación autónoma. Según recoge el fallo, el Consorcio se limitó a cumplir la cláusula 3.1 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, que establece que las tarifas deben someterse a la Comisión de Precios una vez aprobadas inicialmente.

La resolución judicial no entra en el fondo de la actualización tarifaria, sino en la validez del procedimiento seguido. Además, no impone costas y abre la posibilidad de recurso de apelación en el plazo de quince días.

El presidente del Cabildo y del Consorcio, Oswaldo Betancort, ha señalado tras conocer la sentencia que el grupo de gobierno mantendrá el criterio de no aplicar ninguna subida sin la autorización expresa del órgano competente. En declaraciones difundidas por la institución, recordó que durante el anterior mandato se abonaron 1,5 millones de euros a la concesionaria como anticipo de una subida que posteriormente fue desestimada por la Comisión de Precios, cantidad que ahora se reclama.

El consejero insular de Aguas, Domingo Cejas, insiste en que la revisión debe tramitarse “con todas las garantías jurídicas”, respetando tanto el contrato como la normativa autonómica sobre precios autorizados.

Según la hoja de ruta del Consorcio, cualquier actualización tarifaria -se plantea una posible subida del 15%– deberá contar primero con una resolución firme de la Comisión de Precios antes de comprometer fondos públicos.

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