Las Kellys siguen denunciando la carga de trabajo en algunos centros

Esta semana, Las kellys Lanzarote volvieron a manifestarse para denunciar la carga de trabajo de las camareras de piso. En este caso, se presentaban en la fachada del Hotel THB Tropical Island de Playa Blanca, informando, dicen, a los clientes de la situación laboral que afecta a sus trabajadoras.

Según el colectivo, “las trabajadoras de este centro limpian diariamente una media de hasta 18 apartamento, más 3 y 4 salidas”.

También esta semana, Las Kellys conejeras denunciaban la sobrecarga de trabajo que afecta a las camareras de pisos en el Hotel Cinco Plazas, en Puerto del Carmen. Aquí, según apuntan, la empresa sancionó por escrito a tres de sus trabajadoras, “sanciones que Las kellys Lanzarote recurrimos en los juzgados”. Después de un primer acto de conciliación en el que no se llegó a un acuerdo, finalmente la asociación y la empresa llegaron a un entendimiento para retirar la sanción.

Con respecto a la reducción de nóminas por multas, lo que define como «multas de haber», es decir, reducir sueldo, estiman los servicios jurídicos de Las Kellys que están prohibidas, y lo argumentan en el artículo 58.3 del Estatuto de los Trabajadores. “En caso de que un trabajador incumpla su contrato, la empresa podrá sancionarlo o amonestarlo, sin que dichas sanciones puedan constituirse en multas de haber o reducciones de salarios, ni reducción de vacaciones, ni minoración de los tiempos de descansos”, explican.

El Artículo 58.3 E.T. sobre faltas y sanciones de los trabajadores dispone que: «No se podrán imponer sanciones que consistan en la reducción de la duración de las vacaciones u otra minoración de los derechos al descanso del trabajador o multa de haber» (entendiéndose como multas de haber las sanciones económicas al trabajador).

1 respuesta

  1. Anónimo dice:

    No bajar la guardia chicas¡¡¡¡ bien

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