Acaba el estado de alarma y el TSJC aún deberá ratificar o no la Ley autonómica

La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), en su sede de Santa Cruz de Tenerife, no ha tomado este sábado una decisión sobre la petición del Gobierno de Canarias -presentada ayer- para que se ratifiquen las medidas sanitarias posteriores al estado de alarma, que finaliza a las 0:00 horas de este domingo 9 de mayo.

La sala del TSJC tiene de plazo máximo hasta el lunes al mediodía. En la jornada de hoy sábado se reunía en pleno, si bien a última hora de la tarde fuentes de Justicia confirmaban que mañana domingo continuarán las deliberaciones de los jueces para decidir si avalan o no la decisión del Ejecutivo canario de continuar como hasta ahora, con el toque de queda, con los cierres perimetrales, controles de test en aeropuertos o las limitaciones de aforo en encuentros públicos y privados como aspectos más controvertidos de la Ley aprobada esta semana.

La decisión del Gobierno de Canarias (LEY 1/2021, de 29 de abril) se publicaba ayer viernes en el Boletín Oficial de Canarias, pocas horas antes de enviar al TSJC la petición de ratificación del documento en lo que atañe a los derechos fundamentales.

Desde el Gobierno de Canarias defienden que el acuerdo adoptado “estará vigente hasta esa decisión judicial”, aun habiendo finalizado el estado de alarma.

En caso de que el TSJC diga no a la norma autonómica (como ha ocurrido en el País Vasco), y según anunció el presidente canario, Ángel Víctor Torres, el Gobierno regional lo recurrirá ante el Tribunal Supremo.

Torres ha defendido que el Ejecutivo busca mantener las actuales restricciones en Canarias ante la decisión del Gobierno de España de poner fin al estado de alarma “porque queremos continuar con el descenso en el número de contagios”.

1 respuesta

  1. 9 mayo, 2021

    […] Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), en su sede de Santa Cruz de Tenerife, ha emitido este domingo el Auto judicial en respuesta […]

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