Visto bueno al borrador de la nueva Ley del Suelo de Canarias

Dicen los gestores autonómicos que “Canarias sufre una maraña normativa en materia de territorio, con tres leyes reguladoras vigentes, multitud de planes y fronteras confusas en la atribución de responsabilidades entre administraciones…”

En esta línea, el Consejo de Gobierno de Canarias, reunido hoy en la sede de Presidencia en Las Palmas de Gran Canaria, ha aprobado el borrador de la nueva Ley del Suelo de Canarias, norma que pretende «simplificar, clarificar y dar seguridad jurídica» a la toma de decisiones en materia de ordenación del territorio en el Archipiélago. Este nuevo texto legal inicia su trámite en el departamento competente, la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad.

El presidente del Gobierno de Canarias, Fernando Clavijo, explicó en rueda de prensa los principios fundamentales del borrador debatido ayer por el Ejecutivo. Lo hizo acompañado por la consejera de Política Territorial, Nieves Lady Barreto, y en su comparecencia expuso el diagnóstico elaborado por el grupo de expertos que, bajo la dirección de la Consejería, ha redactado el primer texto articulado de la nueva normativa territorial.

«Esta nueva norma», apuntó el presidente, «se propone aglutinar las materias hoy atribuidas a tres leyes vigentes bajo la filosofía de simplificar, racionalizar y actualidad el procedimiento de gestión del territorio», declaró.

Las consecuencias de la actual realidad son, según el criterio expuesto por los expertos, y según el Gobierno, «la rigidez en el planeamiento; con procedimientos interminables y en muchos casos infructuosos; la tensión entre administraciones en el ejercicio de sus funciones; y, como consecuencia de lo anterior, una carga injustificada sobre empresas y ciudadanos en materia de ordenación del territorio».

Por ello, el presidente del Gobierno de Canarias dejó claro que con la nueva Ley del Suelo “no se tocan los espacios naturales protegidos, y se promueve la contención en el consumo de suelo rústico”. También se mantiene el principio de “permitir el desarrollo de suelo urbanizable sólo contiguo al urbano, así como la práctica prohibición de clasificar nuevos suelos turísticos”.

Los principios de la reforma atienden, dicen, al desarrollo sostenible como objetivo en todas sus nuevas dimensiones: movilidad, eficiencia energética, conservación del paisaje y lucha contra el cambio climático.

Y, “desde este principio irrenunciable”, la nueva Ley del Suelo se propone «simplificar, racionalizar y actualizar la toma de decisiones administrativas sobre el territorio, con el fin último de flexibilizar el uso del suelo apto para ser desarrollado o renovado, por un lado, y proteger los suelos valiosos».

Las herramientas de planeamiento serán aprobadas por las administraciones competentes

Desde esta perspectiva, según detallaron, el propósito del Gobierno de Canarias es aglutinar en una única ley todas las reglas fundamentales de protección, ordenación y utilización del suelo. De este modo, la Ley del Suelo se propone sustituir al Texto Refundido de la Ley del Territorio del año 2000, a las Directrices de Ordenación (2003) y a la Ley de Armonización y Simplificación (2014). La nueva norma excluye modificar la normativa vigente sobre turismo, patrimonio histórico, comercio, actividades, clasificadas, vivienda, etc., sin perjuicio de algunos ajustes vía disposiciones adicionales.

Desde la perspectiva de la ordenación del suelo, el Gobierno afirma que el borrador del nuevo texto normativo «mantiene las categorías actuales (rústico, urbanizable y urbano), pero introduce una novedad muy significativa al considerar que todo suelo no urbano o no urbanizable es, por principio, suelo rústico, invirtiendo el criterio fijado por la Ley estatal 6/1998, que liberalizaba suelo».

Desde la perspectiva del borrador, sólo se admitirá el nuevo suelo urbanizable preciso para las necesidades a las que no da respuesta el suelo ya clasificado desde el punto de vista del interés público.

Otra de las novedades que plantea el borrador tiene que ver con la revisión de los procedimientos en función de las competencias atribuidas a cada Administración en materia territorial y urbanística. De este modo, las herramientas de planeamiento (planes insulares, planes generales de ordenación, etc.) serán aprobadas por las Administraciones competentes, mientras que las Administraciones afectadas intervendrán en proceso vía informe sobre aquellas materias que sean de su competencia.

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