Malestar entre los jueces por las críticas tras la rebaja de condenas por abuso sexual

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha advertido hoy en torno a las polémicas consecuencias de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022, de garantía integral de la libertad sexual (ley «solo sí es sí») , que está provocando la revisión a la baja de condenas por abusos sexuales por la aplicación de la norma más favorable. De momento en Canarias no ha trascendido ninguna solicitud de revisión de condena, aunque sí en otras comunidades.

Explican los jueces que esta aplicación a la baja que provoca la nueva norma judicial “constituye un principio básico del Derecho penal, derivado del artículo 9.3 de la Constitución Española y del artículo 2.2 del Código Penal, que establece que ‘tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena’.

Además, la Comisión Permanente del Poder Judicial expresa “su más firme repulsa a los intolerables ataques vertidos en las últimas horas contra los miembros del Poder Judicial por algunos responsables políticos, que se contraponen con el acreditado compromiso de la Carrera Judicial con la protección de las víctimas de los delitos contra la libertad sexual”. Califican los jueces este tipo de actuaciones como una forma de “minar la confianza de las víctimas en las Administraciones y, singularmente, en la de Justicia, aumentando su desprotección”.

Por otro lado, el Consejo General del Poder Judicial recuerda que ya emitió un informe el 25 de febrero de 2021 sobre el anteproyecto de Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, que fue aprobado por unanimidad. “El informe, que fue remitido al prelegislador, constataba que el cuadro penológico contemplado en el anteproyecto para los delitos de agresiones sexuales tipificados en los capítulos I y II del título VIII del Código Penal suponía una reducción del límite máximo de algunas penas y concluía que la reducción de los límites máximos de las penas comportará la revisión de aquellas condenas en las que se hayan impuesto las penas máximas conforme a la legislación vigente”.

Hasta el momento, es difícil conocer el número exacto de sentencias revisadas en el territorio nacional, aunque las informaciones periodísticas señalan que actualmente son una veintena en la Comunidad de Madrid. En algunos casos las sentencias pasan de 6 a 4 años de cárcel.

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