La Audiencia condena a nueve acusados por corrupción en el caso Jable

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha notificado este lunes, día 8 de enero de 2024, la sentencia que resuelve en primera instancia la presunta trama de corrupción político empresarial en Lanzarote conocida como caso Jable, imponiendo nueve condenas a otros tantos acusados como autores de delitos de fraude o cohecho. Los hechos que motivan la sentencia se consumaron en la primera década del presente siglo.

La exalcaldesa nacionalista de Arrecife, María Isabel Déniz, ha sido condenada a penas que suman nueve años y 18 meses de cárcel como autora de delitos de fraude a la administración, prevaricación continuada y cohecho (soborno) continuado en distintas modalidades.

Además de las condenas penales, se le imponen varias penas de carácter económico y de inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos.

El exsecretario municipal del Ayuntamiento de Arrecife, Felipe Fernández Camero, ha sido condenado a penas que suman 8 años y 27 meses por fraude, cohecho, revelación de secretos, falsedad en documento oficial e infidelidad en la custodia de documentos.

El exlíder del Partido de Independientes de Lanzarote (PIL), ex presidente del Cabildo de Lanzarote, exdiputado regional y exsenador Dimas Martín Martín ha sido condenado a un total de dos años y seis meses de prisión como autor confeso de un delito de fraude a la administración y otro de cohecho.

El antiguo responsable de la Oficina Técnica municipal de Arrecife Rafael Arrocha Arrocha ha sido condenado a dos años y 19 meses de cárcel por fraude, prevaricación, cohecho, revelación de secretos, falsedad y fraude.

Las otras cinco personas condenadas son representantes de empresas relacionadas con la construcción.

Es recurrible

Por otro lado, la Audiencia absuelve en el caso Jable a Enrique Astorga González, Manuel Jesús Isidro Spínola Perdomo, Julio Pedro Romero Ortega, Daniel Hernández Caraballo, Rafael Antonio Corujo Gil de Montes, Miguel Ángel Leal y Stephan Jean Balverde, de todos los delitos de los que venían siendo acusados, declarando de oficio las costas. La resolución de la Sala, que se extiende a lo largo de 150 folios, absuelve de toda responsabilidad a estas siete personas contra las cuales el fiscal ya había retirado los cargos.

La sentencia es susceptible de recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Fuente: TSJC

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