El Ayuntamiento de Haría modifica la fiscalidad de las plusvalías

La modificación parcial de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana que acaba de aprobar el Ayuntamiento de Haría pretende “contrarrestar” el incremento de los valores de la última revisión catastral en el municipio, señalan desde el consistorio, que debatió el asunto en un pleno celebrado el pasado sábado.

De esta forma, cuando dicho incremento se manifieste por causa de muerte se establecen diferentes bonificaciones respecto de la transmisión de la propiedad de la vivienda habitual del causante, que será del 95 por ciento si el valor catastral del suelo es inferior o igual a 60.000 euros; del 75 por ciento si es superior a 60.000 euros y no excede de 90.000 euros; del 50 por ciento si es superior a 90.000 euros y no excede de 120.000 euros; y del 25 por ciento si es superior a 120.000 euros.

Dicha bonificación deberá solicitarse, con los documentos pertinentes, dentro del plazo de seis meses, prorrogables por otros seis, a contar desde la fecha del fallecimiento del causante.

Por otro lado, según aclaran desde el Ayuntamiento, tendrán una bonificación del 10 % del importe de la cuota íntegra del impuesto las transmisiones de terrenos y la transmisión o constitución de derechos reales de goce limitativos del dominio, realizados a título lucrativo por causa de muerte a favor de los descendientes, por naturaleza o adopción, y del cónyuge.

pleno Ayuntamiento de Haría

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