Condenado por la agresión y abusos sexuales continuados a una hija de su mujer

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a 13 años, seis meses y un día de cárcel a un hombre de 45 años por agresión sexual continuada a una menor de edad, hija de su mujer, en Lanzarote.

Además de la condena penal, se le impone una orden de alejamiento de la víctima durante 22 años, y una inhabilitación para ejercer profesión u oficio alguno relacionado con menores durante 20 años. También deberá indemnizar con 100.000 euros a la víctima por los daños morales ocasionados. Y la Audiencia establece someterlo a libertad vigilada durante ocho años una vez que cumpla la pena de prisión.

El sumario fue tramitado por el Juzgado Instrucción número 2 de Arrecife, por un delito continuado de agresión/abusos sexuales con acceso carnal a una menor de 16 años. La sentencia se sitúa próxima a las penas solicitadas durante el juicio oral por el Ministerio Fiscal y la Acusación Particular. La defensa del acusado solicitó la libre absolución del ahora condenado.

Cuando apenas tenía once años

El ahora condenado nació en el año 1976. Es natural de Las Palmas de Gran Canaria y con domicilio actual en Arrecife. La menor objeto de los abusos y agresiones sexuales nació en 2005.

En la sentencia, que es recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), se detalla cómo el acusado mantenía una relación de pareja y convivencia con una mujer; y que agosto de 2015 nació una hija común de ambos. Esta relación se prolongó desde 2014 a 2018. Durante ese tiempo, la familia tuvo diferentes residencias, siendo la última una vivienda tipo dúplex situada en El Cuchillo, en el municipio de Tinajo.

Durante ese tiempo de relación, el ahora condenado compartió espacio vital con dos hijas de la que fue su pareja: una, la víctima, nacida en 2005; y otra menor nacida en 2007. Expone la sentencia que el trato entre la víctima y su agresor “era continuado y frecuente”, lo que “generó una relación de ascendencia y autoridad de la que hizo uso el condenado para acercarse a la menor de más edad, y mantener con ella un contacto más estrecho e íntimo”.

En la decisión judicial se considera probado que, en ausencia de la madre, “el condenado aprovechaba para atentar contra la indemnidad sexual de la menor…. Cuando la menor estaba cerca de cumplir los once años de edad comenzaron los contactos de carácter sexual. Primero fueron tocamientos en las piernas y en la zona genital, por encima de la ropa; para luego derivar sin solución de continuidad en la introducción del pene por vía vaginal y anal”. Penetraciones que ejecutó “sin hacer uso de preservativo y que se repitieron varias veces (más de dos)”, señala la sentencia.

Amenazas

Durante más de dos años se produjeron abusos, según recoge la sentencia, “hasta que la menor afectada, próxima a cumplir 13 años, se lo contó a su madre al no poder aguantar ni soportar más esta situación de presión continua y empezar a comprender lo que estaba pasando”. La niña contó a su madre lo que ocurría el 18 septiembre de 2018; al día siguiente por la tarde la progenitora presentaba denuncia en sede policial.

Durante el tiempo de convivencia, el condenado presionó de manera reiterada a la menor con expresiones como “Si hablas y yo voy a la cárcel, a ti te van a meter en un internado”, “No digas algo a tu madre”, o “Te voy a rajar la cabeza”.

Estas amenazas, “unido a la autoridad que ejercía sobre la menor y el carácter enérgico, anulaba la reacción de la víctima, quien no ofrecía resistencia alguna, y cedía ante él, favoreciendo la clandestinidad y continuidad de los hechos”, se expone en la sentencia emitida por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas, presidida por el juez Miguel Ángel Parramón.

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