El TSJC tumba la obligación de presentar certificado Covid en interiores

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha acordado suspender cautelarmente varias de las medidas adoptadas por el Gobierno de Canarias contra la pandemia el pasado 26 de julio, entre otras el cierre total de la actividad comercial entre las 00.00 y las 06.00 horas en las islas en nivel 4; así como y la exigencia de certificado de vacunación completa covid o prueba de infección negativa para el acceso al interior de locales de hostelería, hotelería y otros establecimientos como gimnasios, cines , teatros, auditorios y espacios culturales.

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC en su sede de Santa Cruz de Tenerife ha estimado así las medidas cautelares solicitadas por el Círculo de Empresarios y Profesionales del Sur de Tenerife y por la Asociación Hostelería Unida Tenerife (HUT) y ha apreciado una posible lesión de derechos fundamentales en las medidas contra la propagación de la covid 1.6; 3.2;3.7 y 3.13.2 del anexo de la resolución de 23 de julio de 2021 publicada en el Boletín Oficial de Canarias el pasado 26 de julio.

En consecuencia, y con carácter cautelar, queda suspendido el cierre total de establecimientos entre las 00.0 y las 6.00 (como ya había avanzado el Supremo el pasado martes), y la exigencia del certificado covid o prueba diagnósticas negativas en coronavirus para el acceso a bares, restaurantes, gimnasios, cines, teatros, auditorios y espacios culturales.

El aforo en la hostelería y restauración queda fijado en un 50% tanto en el nivel 3 como en el 4, y el de los restantes establecimientos enumerados en el 55% para el nivel 4.

Derecho a la intimidad

El Tribunal entiende que los hosteleros, que no tienen obligación de enseñar a sus clientes sus certificados covid porque la vacunación no es obligatoria, “son habilitados por la medida en controladores de la salud pública, pasando a invadir el campo del derecho a la intimidad personal” protegido por la Constitución.

Recuerda además la Sala que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha “insistido” en la importancia que para la vida privada poseen los datos de salud, “señalando que el respecto al carácter confidencial de la información sobre la salud constituye un principio esencial del sistema jurídico de todos los Estados parte en la Convención”.

El Tribunal ha tomado la decisión inaudita parte, esto es, al apreciar un riesgo evidente para los derechos fundamentales y el interés público.

La medida es por tanto cautelarísima, el propio auto da tres días hábiles de plazo al Gobierno de Canarias para que haga sus alegaciones respecto al mantenimiento, modificación o revocación de lo acordado. La semana que viene, pues, la Sala resolverá si mantiene sus actuales decisiones o las modifica a la vista de los argumentos de los servicios jurídicos del Ejecutivo autonómico. (FUENTE: Servicio de Comunicación del TSJC).

El Gobierno alegará

El portavoz del Gobierno de Canarias, Julio Pérez, ha confirmado que analizarán a fondo y presentarán alegaciones al auto de hoy del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que, de forma cautelar, anula la decisión gubernamental de la semana pasada que limita los interiores en establecimientos.

Según recalcó Pérez, esa medida se adoptó no solo siguiendo los criterios de los servicios jurídicos de la Comunidad y de los técnicos de la Consejería de Sanidad, “sino en consenso y a propuesta de diversas asociaciones empresariales de la restauración y hostelería”, que plantearon que todos los clientes en los interiores portasen dicho certificado a cambio de subir los aforos en islas en niveles 3 y 4, según dijo.

El también consejero de Justicia, Administración Pública y Seguridad indicó que el Gobierno no había recibido la resolución del TSJC de forma oficial y que, no obstante, tiene carácter “cautelarísimo”, por lo que ahora se abre el plazo para atender a las alegaciones del Ejecutivo.

Pérez aseguró que los últimos autos que rechazan medidas del Gobierno de Canarias merecen una lectura detenida porque, entre otras decisiones, “nos ha costado entender qué se nos dice sobre el cierre entre las 00:00 horas y las 6:00 en nivel 4 y en el resto. Se deduce que eso se debe a la decisión del Tribunal Supremo sobre el toque de queda, pero esto hay que estudiarlo bien porque el toque de queda se refiere a la movilidad de las personas y el cierre comercial es sobre actividades a esas horas, que están cerradas salvo servicios esenciales, como las gasolineras”.

El portavoz también se refirió a los aforos y a la afirmación de que exigir el certificado Covid puede atentar contra la intimidad de las personas al tener que informar sobre su estado de salud y convierte a los dueños en vigilantes sanitarios. A su juicio, esto choca también porque, “desde hace un año, se exige certificado o test negativo para entrar en alojamientos de las islas, aparte de que hay controles en puertos y aeropuertos y en muchos centros públicos y privados se piden datos o se hacen mediciones de temperatura”.

2 Respuestas

  1. 31 julio, 2021

    […] para unas pocas de Tenerife con una incidencia acumulada que en muchos esos otros de la Península, el TSJC nos ha dicho que […]

  2. 7 agosto, 2021

    […] por tanto, de las medidas en vigor tras los cambios incorporados en las restricciones debido a los autos del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que han modificado algunas normas recogidas para las […]

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies