El TSJC frena algunos excesos: Santa Catalina no es un recinto de conciertos
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha puesto límites al jolgorio carnavalero en Santa Catalina. Según la sentencia, el concierto de Carlos Baute celebrado el 25 de febrero de 2023 violó el acuerdo judicial alcanzado en 2015 entre el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y los vecinos de la zona, quienes ya habían advertido sobre su derecho al descanso.
El fallo tacha de «unilateral y abusiva» la decisión del Ayuntamiento de celebrar conciertos más allá de las dos galas principales del Carnaval —la Gala de la Reina y la Gala Drag— y condena en costas a la Corporación municipal.
“El pacto era claro y de obligado cumplimiento”, subraya el TSJC, recordando que solo se permiten dos conciertos, y siempre tras las galas oficiales.
Además, el tribunal advierte que se excluyó a los vecinos del proceso organizativo, incumpliendo la cláusula que exige su participación. El acuerdo no permitía improvisaciones: ni seis conciertos ni celebraciones hasta las tres de la madrugada.