El TS ordena garantizar la acogida de menores que piden asilo en Canarias

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una medida cautelar que obliga a la Administración del Estado a garantizar, en un plazo improrrogable de 10 días, el acceso y permanencia en el Sistema Nacional de Acogida de Protección Internacional de los menores no acompañados en Canarias que hayan solicitado asilo o expresado su intención de hacerlo.

La resolución responde a una petición del Gobierno de Canarias, que había solicitado previamente la intervención del Ejecutivo central para abordar la situación de estos menores.

La medida afecta a aproximadamente 1.000 menores que actualmente están bajo la tutela de los servicios de protección de menores de Canarias y que se encuentran en situación de hacinamiento. La Sala subraya que esta situación vulnera el principio del superior interés del menor, que debe prevalecer en todas las actuaciones administrativas.

El Tribunal ha requerido la colaboración entre la Administración del Estado y la Comunidad Autónoma de Canarias para implementar la medida de manera efectiva. Asimismo, se establece que, al término del plazo de 10 días, la Administración deberá informar sobre las acciones adoptadas. En función de esta información, la Sala decidirá si procede la celebración de una vista pública para evaluar el cumplimiento de la orden judicial.

El auto del Tribunal Supremo recuerda que la Ley 12/2009, de Asilo y Protección Subsidiaria, y el Real Decreto 220/2022 establecen un sistema de acogida que garantiza prestaciones sociales y servicios de acogida a los solicitantes de protección internacional. La gestión de este sistema corresponde a la Secretaría de Estado de Migraciones, y su aplicación es esencial para asegurar condiciones dignas para los menores afectados.

Un fallo en medio de cambios legislativos

El presidente del Ejecutivo de Canarias, Fernando Clavijo, ha valorado la decisión del Supremo como “otra gran noticia” para el archipiélago, subrayando que con este fallo se reconoce la vulneración de derechos de la infancia y se ratifica la obligación del Estado de acoger a estos menores. Clavijo ha destacado que esta medida cautelar confirma la justicia de las reivindicaciones canarias y el compromiso de la comunidad autónoma en la protección de los menores migrantes.

La resolución del Tribunal Supremo llega apenas una semana después de la entrada en vigor del real decreto ley que establece un sistema nacional de distribución de menores migrantes mediante la modificación del artículo 35 de la Ley de Extranjería. Este nuevo marco normativo busca aliviar la presión sobre Canarias, que ha asumido en solitario la acogida de un elevado número de menores migrantes en los últimos años.

El fallo reconoce el derecho de los menores migrantes a recibir atención por parte del Estado y obliga a garantizar su acceso al sistema de acogida sin demoras. Clavijo ha enfatizado que esta decisión judicial refuerza la postura del Gobierno de Canarias, que ha defendido desde el inicio que la responsabilidad de la acogida de estos menores debe ser compartida por el conjunto del país y no recaer únicamente sobre el archipiélago.

El presidente canario también ha felicitado a los servicios jurídicos del Gobierno autonómico por el trabajo realizado en defensa de los derechos de los menores, subrayando que la resolución del Supremo valida las tesis que Canarias ha sostenido desde el principio del proceso judicial.

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