El Registro Civil niega discriminación en el cambio de nombre de un “trans”

El Registro Civil de Santa Cruz de La Palma sale hoy al paso de las informaciones publicadas en diversos medios, sobre los supuestos retrasos injustificados en la tramitación de la petición de un cambio de nombre realizada por una persona transexual canaria.

La autoridad judicial al frente del órgano competente (el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 del partido judicial capitalino) matizaba inicialmente que era falso que, como afirman las informaciones relativas al caso, el órgano judicial “tarde un año” en dar respuesta a la petición. No se trata sólo de que la normativa legal que permite cursar la petición de cambio de nombre esté vigente desde el 23 de octubre de 2018 -por lo que ya sería imposible esta demora, ya que han pasado poco más de ocho meses desde su promulgación”, dicen-, sino que la persona peticionaria “presentó su solicitud en el pasado mes de marzo, esto es, hace poco más de tres meses”.

Desde el Registro Civil de Santa Cruz de La Palma afirman que actualmente cuentan con “sólo dos funcionarios” para tramitar todas las solicitudes que formulan no sólo las poblaciones de Santa Cruz de La Palma, la Villa de Mazo, Barlovento, Breña Alta, Breña Baja, Puntallana y San Andrés y Sauce, sino también las que genera el Hospital General de La Palma.

Detallan que entre decesos, nacimientos y otros trámites, ocupa una alta actividad de la oficina administrativa: “En lo que va de año, ha incoado 941 procedimientos civiles”, aclaran fuentes judiciales.

También añaden que los dos funcionarios que tramitan los procedimientos del Registro Civil palmero se turnan a diario haciendo horas extraordinarias para reducir la pendencia del órgano judicial, una hora todos los días y los fines de semana.

Una denuncia pública de un colectivo

Ha sido una organización defensora de los derechos del colectivo LGTBI la que ha denunciado de forma pública que se está produciendo este supuesto caso de “transfobia institucional” en la tramitación del expediente de la persona que ha solicitado el cambio de nombre, en aplicación de la Instrucción de 23 de octubre de 2018.

Ante esta afirmación, tanto el juez a cargo del Registro Civil como los funcionarios lo desmienten, subrayando que el proceso sigue los trámites ordinarios y “ni se va a adelantar sobre otras peticiones de ciudadanos con los mismos derechos que la persona peticionaria ni, muchos menos, retrasar respecto al resto de los ciudadanos, como se ha afirmado por parte del colectivo que ha acudido a los medios informativos”, exponen en un comunicado.

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