El juzgado suspende el juicio contra San Ginés y remitirá la causa a la Audiencia

La jueza del juzgado de lo Penal número 3 de Arrecife, María Luisa Moreno, ha decidido en la mañana de este martes inhibirse de la causa y suspender el juicio que ayer comenzó en sede judicial de Arrecife por el caso de presunta prevaricación administrativa en la incautación de la desaladora de Montaña Roja. Moreno remitirá ahora todas las actuaciones de esta causa a la sala competente de la Audiencia Provincial de Las Palmas.

Se sentaban desde ayer en el banquillo en este juicio el ex presidente del Cabildo de Lanzarote y actual portavoz de Coalición Canaria en el Cabildo, Pedro San Ginés, y otros dos acusados: Francisco Perdomo, ex secretario del Cabildo conejero, y José Juan Hernández Duchemín, ex gerente del Consejo Insular del Agua de Lanzarote. La acusación particular solicitaba por los hechos una pena de 12 años de inhabilitación especial para ocupar cargo público.

La jueza tomaba la decisión de suspender la vista oral después de que a primera hora de la mañana la defensa de San Ginés, el abogado José María Calero (en la imagen inferior, junto a Pedro San Ginés), presentara un escrito solicitando al juzgado que se inhibiera en el asunto y remitiera toda la causa a la Audiencia Provincial “como órgano competente para el enjuiciamiento”, sostenía.

Calero explicaba sobre este asunto que, “una vez iniciado el juicio, si se solicita una pena de 12 años de inhabilitación especial, el órgano competente es la Audiencia Provincial (…). El juzgado de lo Penal solo puede conocer si las penas, de cualquier naturaleza, no superan 10 años”, argumentó el abogado para justificar su petición, que finalmente fue atendida por el propio tribunal.

Remarcó José María Calero que “estas son las reglas del juego que sujetan a todos, a la defensa, al abogado, pero también a los jueces y a los órganos jurisdiccionales”.

Cuestiona la acusación particular

Por otro lado, el abogado defensor de Pedro San Ginés también se pronunció sobre la sesión vivida ayer, en la primera y a la postre última jornada de la vista oral: “En España, para juzgar a cualquier persona, con régimen sancionador, es importante ajustarse a unas reglas que son básicas que den garantías al ciudadano. Nosotros estamos muy sorprendidos de que este juicio empezara, porque no nos cabe ninguna duda que la única acusación que se ha formulado contra San Ginés, y que se ha autorizado judicialmente, es la del Grupo Político Podemos del Cabildo, que ya no existe. Es tan evidente que no hay una acusación con legitimación procesal, que nos sorprendió muchísimo que se iniciara el juicio”.

Ese primer argumento de la defensa no fue tenido en cuenta para paralizar el juicio ayer. Pero sí la petición de esta mañana del abogado defensor para que la jueza se inhibiera de la causa a favor de la Audiencia Provincial de Las Palmas.

1 respuesta

  1. 17 noviembre, 2020

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