Avalando hasta el 95% de la primera hipoteca de jóvenes y familias con menores

El Gobierno de Canarias ha aprobado el decreto que regula el programa Hipoteca Joven-Mi Primera Vivienda, una nueva línea de garantías públicas destinada a facilitar el acceso a la compra de una primera vivienda a personas de hasta 40 años y a familias con menores a su cargo, independientemente de la edad de sus integrantes. La norma, publicada este lunes en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), entra en vigor desde el mismo día de su publicación.

El programa permitirá que las entidades financieras adheridas concedan préstamos hipotecarios de hasta el 95% del valor de la vivienda, frente al límite habitual del 80%, gracias a una garantía pública que cubrirá el 15% adicional.

El objetivo es facilitar el acceso a la compra a personas que cuentan con capacidad para afrontar una hipoteca, pero que no disponen del ahorro suficiente para cubrir la entrada exigida por las entidades bancarias.

Podrán acogerse al programa quienes vayan a adquirir su primera vivienda y tengan una edad igual o inferior a 40 años en el momento de solicitar la financiación. También podrán beneficiarse las familias con menores a cargo, sin límite de edad. Entre los requisitos figuran acreditar al menos dos años de residencia continuada en Canarias -salvo algunas excepciones por estudios, trabajo o retorno- no ser propietario de otra vivienda, tener un patrimonio inferior a 150.000 euros y unos ingresos que no superen cinco veces el IPREM, con incrementos en determinados supuestos familiares.

Las viviendas deberán estar ubicadas en Canarias, tener un precio máximo de 250.000 euros, sin incluir impuestos y gastos de compraventa, y una superficie útil que no supere los 120 metros cuadrados. El programa será aplicable tanto a viviendas nuevas como usadas, libres o protegidas de promoción privada, así como a proyectos de autoconstrucción.

La garantía pública tendrá una vigencia máxima de diez años o hasta que el capital pendiente de la hipoteca se reduzca al 80% del valor de compra o de tasación del inmueble. Durante ese periodo, la vivienda deberá destinarse a residencia habitual y permanente, salvo en supuestos excepcionales previstos en la norma, como traslados laborales o cambios en la situación familiar.

El decreto también regula la adhesión de las entidades financieras colaboradoras, que deberán suscribir un convenio con el Instituto Canario de la Vivienda para participar en el programa y gestionar estas operaciones hipotecarias.

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