Suspendida la primera de las vistas del juicio contra San Ginés por la desaladora

Tras la presentación el pasado viernes, día 13 de mayo, por parte de Pedro San Ginés -ex presidente del Cabildo de Lanzarote y actual portavoz adjunto de CC-PNC en la Institución- de un incidente de nulidad de actuaciones judiciales, el Juzgado de lo Penal n.º 3 de Arrecife ha dictado providencia acordando suspender el señalamiento del inicio de la vista del juicio prevista para mañana martes, a la espera de que la sección sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas se pronuncie sobre la petición del ex presidente lanzaroteño, según han confirmado hoy lunes fuentes judiciales canarias.

De momento, las restantes fechas señaladas para el juicio de San Ginés y otros se mantienen los días 24 y 25 de mayo, así como el 1 de junio próximo.

Hay que recordar que el Juzgado de lo Penal número 3 de Arrecife tenía previsto iniciar a las 9.30 horas de mañana martes, día 17 de mayo, la primera de las sesiones del juicio que se sigue contra Pedro San Ginés y otros por la incautación de la desaladora de Janubio (Montaña Roja-Playa Blanca) en el año 2014.

El plenario estaba previsto que se celebrara en la sala de vistas que habitualmente utiliza la Audiencia Provincial en sus desplazamientos a la Isla.

San Ginés ve errónea esta información de hoy

Ante la suspensión de este señalamiento, Pedro San Ginés ha enviado un comunicado donde desmiente algunos de los datos aportados sobre la cancelación.

Por un lado, señala que “no fue el pasado viernes 13 de mayo cuando por parte de mi defensa se presentó el incidente de nulidad de actuaciones ante la Audiencia Provincial, si no el pasado 19 de abril, ni es un incidente de nulidad de actuaciones lo que mi defensa ha presentado el pasado viernes en el Juzgado de lo Penal nº3 de Arrecife, como erróneamente se ha trasladado a los medios”.

Y continúa: “El incidente de nulidad ante la Sección Sexta de la Audiencia Provincial fue presentado el pasado día 19 de abril por entender mi defensa, tal y como hemos venido sosteniendo desde el primer momento, que no existe acusación formalmente legitimada en el caso que nos ocupa, es decir, que las personas físicas que formularon la acusación nunca se personaron como parte del procedimiento ni existe resolución que les acepte como tales y, por tanto, no son parte del procedimiento”, según sostiene el acusado.

“Lo que realmente ha ocurrido y puede haber generado el malentendido es que no fue hasta el pasado jueves día 12 de mayo, casi un mes después de haber presentado el referido incidente, cuando la Audiencia Provincial ha emitido providencia, dando audiencia a las partes para pronunciarse, con un plazo que finaliza después de la fecha de señalamiento para el comienzo del juicio… Es por ello, que mi defensa, justo el día después de dicha providencia, es decir, el pasado viernes día 13 de mayo e inmediatamente después de conocerlo, solicitó ante el Juzgado de lo Penal nº3 la suspensión del juicio hasta tanto la Audiencia resuelva si procede o no su celebración. Solicitud formulada en lógica consonancia con el criterio ya adoptado en su día por el propio Juzgado, cuando resolvió no señalar fecha para la celebración del juicio, hasta tanto la Audiencia Provincial resolviese un anterior incidente”, argumenta San Ginés en su comunicado.

1 respuesta

  1. 23 mayo, 2022

    […] de la sección sexta rubricado hoy lunes, día 23 de mayo, ha declarado que “no hay lugar a la nulidad instada por la representación procesal de Pedro San Ginés, y en su consecuencia confirma el auto de esta […]

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