Los estibadores presentan preaviso de huelga en los puertos a partir del 25

Coordinadora Estatal de Trabajadores del Mar (CETM) presentaba ayer un preaviso de huelga para el día 25 de noviembre, de 24 horas, y del 26 al 30 en horas alternas. El motivo, según los representantes de los estibadores, es la dilación en la negociación del V Acuerdo Marco por parte de la patronal, Anesco.

El 31 de diciembre de 2019 se cumplen los plazos dispuestos en el Real Decreto para la adecuación de los convenios colectivos de los puertos a la norma. Según Coordinadora, “a partir de entonces, si no están adecuados, la relación laboral de las empresas con los estibadores estará en un limbo legal sin ninguna garantía para los trabajadores”.

Para los trabajadores es “vital” cerrar un marco normativo general que los ampare en las negociaciones de los convenios de cada uno de los puertos, más de treinta. De no ser así, advierten de que la profesión de la estiba quedará «los convenios colectivos serán nulos”.

Acusan desde los sindicatos de estibadores que en los últimos meses de negociación la parte empresarial “no ha manifestado posición definitiva sobre las reivindicaciones de los trabajadores, por lo que la laxitud del proceso ha sido manifiesta”.

Los trabajadores entienden que la actitud mostrada por los empresarios se ha visto agravada además por la ausencia de comparecencia en la última cita para la negociación, por lo que afirman que “existe una voluntad de dilatar” los plazos para concluir la misma.

Por estos motivos apostillan que no ven otra salida a esta “situación de bloqueo” que ejercer su derecho a la huelga “con la esperanza”, añaden, “de que, esta vez sí, acepten negociar de buena fe las cláusulas del V Acuerdo Marco”.

Cómo planean los paros

El procedimiento de la huelga será el siguiente: comenzará el día 25 de noviembre de 2019, durante 24 horas, iniciándose a las 08:00 del mismo día y finalizando a las 08:00 horas del día 26 de noviembre de 2019.

A partir de entonces, hasta el día 30 de noviembre se realizará mediante la modalidad de una hora de huelga y una hora de trabajo.

Se ejercitará el derecho a la huelga en las siguientes horas de cada día: de 9 a 10; de 11 a 12; de 13 a 14; de 15 a 16; de 17 a 18; de 19 a 20; de 21 a 22; de 23 a 24; de 01 a 02, de 03 a 04, de 05 a 06, de 07 a 08 horas.

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