La Red Tributaria Insular expone los padrones antes de iniciar el cobro en julio

La Red Tributaria Insular de Lanzarote ha aprobado los Padrones del ejercicio 2023 de los ayuntamientos de Arrecife, Haría, San Bartolomé, Teguise y Tinajo, correspondientes a los tributos que se detallan a continuación: Impuesto sobre Bienes Inmuebles; Impuesto sobre Actividades Económicas; Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica; Tasa por Recogida de Residuos; Tasa por Ocupación de Vía Pública, Mesas y Sillas, Cajeros Automáticos; y Tasa Vados y Reservas de Espacio.

Los citados Padrones se hallan expuestos al público en las oficinas de la Red Tributaria de Lanzarote durante el plazo de 20 días naturales a fin de que los interesados legítimos puedan examinarlos y presentar las alegaciones que consideren oportunas.

Igualmente podrán formular ante el Órgano que dictó la resolución el Recurso de Reposición regulado en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en el plazo de UN MES contado desde del día siguiente a la finalización del antedicho periodo de exposición.

Desde el 20 de julio de 2023 hasta el 20 de septiembre de 2023, ambos inclusive, estarán puestos al cobro en periodo voluntario los citados padrones, conforme al acuerdo del Consejo Rector de la Red Tributaria de Lanzarote, de fecha 28 de diciembre de 2022.

Formas de pago

Los contribuyentes podrán realizar el pago de su deuda tributaria, mediante las siguientes vías: A través de las entidades de crédito colaboradoras que a continuación se relacionan, todos los días laborables para éstas, durante las horas de caja por ellas establecidas y en cualquiera de sus oficinas, debiendo acudir provistos de los necesarios documentos cobratorios; en La Caixa; Banco Santander Central Hispano; Banco Bilbao Vizcaya Argentaria; y a través de la pasarela de pago de la oficina virtual de la Red Tributaria de Lanzarote www.redtributarialanzarote.es, o en las propias Oficinas de la Red Tributaria de Lanzarote mediante tarjeta de débito o crédito, en las Oficinas.

También pueden pagarse los recibos mediante domiciliación bancaria, que podrá realizar hasta el 19 de agosto, a través de la oficina virtual con certificado digital, o de forma presencial en las oficinas de la Red Tributaria de Lanzarote. El cargo en cuenta se efectuará el 5 de septiembre.

Si el contribuyente se acoge a esta modalidad de pago, se entenderá domiciliado el pago del recibo para años sucesivos y por tiempo indefinido en tanto la domiciliación no sea anulada por el interesado, rechazada por la Entidad de depósito o la Administración disponga expresamente su invalidez por razones justificadas.

Si quieren domiciliar el pago de los tributos en más de un plazo, podrán solicitar Plan de Pago Personalizado (mensual, trimestral, semestral) de la misma forma que la modalidad anterior.

En cuanto al pago con cargo en cuenta, esta modalidad solo se podrá realizar de forma presencial y se cargará el día 5 del mes siguiente a su solicitud.

A los contribuyentes que domicilien el pago de sus tributos de vencimiento periódico, o soliciten su inclusión en un Plan de Pago Personalizado, se les aplicará bonificación del 5% en los términos que establece el artículo 48.5 de la ORDENANZA FISCAL GENERAL DE GESTIÓN, INSPECCIÓN Y RECAUDACIÓN DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LANZAROTE. Se advierte que, finalizado el periodo de pago voluntario, los recibos no satisfechos serán exigidos en Vía Ejecutiva con el recargo legal correspondiente.

Los recibos fraccionados o incluidos en Plan de Pago Personalizado y Domiciliados, cuyo plazo no sea atendido en la fecha de cargo en cuenta de los mismos, serán exigidos en Vía Ejecutiva con los recargos e intereses de demora que legalmente procedan.

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