La derogación de la tasa al combustible se empantana y deberá informarse

El último acuerdo plenario logrado por la oposición, Grupo mixto y PIL en el Cabildo de Lanzarote para tumbar la tasa del combustible “no genera efectos vinculantes”, por no contar con un procedimiento similar al de su aprobación (año 2015).

Al menos eso confirma el informe jurídico rubricado hace unos días por el secretario general del Cabildo de Lanzarote, que analizaba la moción promovida por Ciudadanos, y aprobada por el pleno respecto a la anulación inmediata de la tasa que se cobra a las gasolineras.

Según aclaran hoy desde el Cabildo de Lanzarote, dicha conclusión está reflejada en el documento elaborado atendiendo la solicitud de la Presidencia de la primera Institución insular acerca del acuerdo plenario adoptado el pasado 3 de abril de 2018, que instaba al pleno a la derogación de la Ordenanza Fiscal reguladora por la exacción sobre el consumo de combustible de automación en la isla de Lanzarote.

Este acuerdo plenario, propuesto por Ciudadanos fue aprobado con el voto favorable del resto de fuerzas en la oposición (PSOE, Podemos, Somos) y Grupo Mixto – PIL.

El informe del secretario dice en su antecedente sexto que la derogación de las ordenanzas fiscales se ajustará al mismo procedimiento que su aprobación: “En el caso de la supresión de una tasa se deberá informar el expediente por la Intervención ya que la supresión de la tasa implica una pérdida de fuente de financiación prevista en el presupuesto”.

Y añade que el proyecto de derogación deberá ser aprobado por el Consejo de Gobierno insular en virtud de los establecido en el artículo 127.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Y, por último por el Pleno de la Corporación que aprobará inicialmente la derogación de la tasa, y se abrirá un periodo de información pública.

Hay que recordar que en el debate el presidente del Cabildo, Pedro San Ginés, indicó que se trata de un impuesto aplicado en cada una de las islas por los Cabildos insulares y consideró importante destacar “que se trata de dos céntimos cuyo carácter es finalista y que se trata de un impuesto de los más justos que existen porque lo pagan las gasolineras, y en todo caso quien consume asfalto”.

San Ginés añadió que a falta de esta fuente de ingreso, «entonces serían los servicios de la primera Institución insular, detrayéndose de sus arcas, los que tendrían que hacerse cargo del coste del reasfaltado de las carreteras de la Isla», según refería entonces. 

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